La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) comenzó el proceso de suspensión escalonada de las líneas telefónicas móviles que no hayan sido vinculadas con un titular. La medida forma parte de los nuevos lineamientos de identificación de líneas móviles y busca eliminar el anonimato en el uso de números telefónicos.

El calendario fue modificado para evitar una suspensión masiva de líneas al mismo tiempo. A partir del último dígito del número telefónico, los usuarios tienen una fecha límite diferente para realizar la vinculación con sus datos de identificación.

Una vez vencida la fecha correspondiente, los operadores cuentan con un plazo máximo de 72 horas para deshabilitar las líneas que continúen sin vincular. Durante ese periodo, las compañías deben notificar al usuario mediante SMS.

Calendario de suspensión de líneas

Último dígito Fecha límite para vincular Suspensión
0 15 de agosto de 2026 Hasta el 18 de agosto
1 31 de agosto de 2026 Hasta el 3 de septiembre
2 15 de septiembre de 2026 Hasta el 18 de septiembre
3 30 de septiembre de 2026 Hasta el 3 de octubre
4 15 de octubre de 2026 Hasta el 18 de octubre
5 31 de octubre de 2026 Hasta el 3 de noviembre
6 15 de noviembre de 2026 Hasta el 18 de noviembre
7 30 de noviembre de 2026 Hasta el 3 de diciembre
8 15 de diciembre de 2026 Hasta el 18 de diciembre
9 31 de diciembre de 2026 Hasta el 3 de enero de 2027

Las fechas límite anteriores corresponden al calendario oficial publicado por la CRT y el Diario Oficial de la Federación. La suspensión puede realizarse dentro de las 72 horas posteriores a cada fecha límite.

¿Qué pasa con una línea suspendida?

La línea que no sea vinculada queda limitada y únicamente podrá utilizarse para determinados servicios, como llamadas a números de emergencia y comunicación con el operador. Una vez realizada la vinculación, la compañía telefónica deberá restablecer los servicios de la línea, incluyendo llamadas, mensajes y datos móviles.

La vinculación se realiza directamente con la compañía telefónica, no ante la CRT. Para el proceso se asocian los datos del titular con su número telefónico. La CRT señala que las compañías son responsables de resguardar esta información.

Para los usuarios, la fecha clave es el último dígito de su número. Para los operadores, el reto será ejecutar el proceso de suspensión de manera escalonada sin generar afectaciones operativas en sus redes.